Tras la tercera sentencia del Tribunal Supremo, este mismo ha obligado a la Tesorería General de Seguridad Social a aplicar un cambio de criterio que permita a los autónomos Societarios acceder al beneficio de acogerse ala tarifa plana en sus cotizaciones a la seguridad Social y ha reclamar a la Seguridad Social posibles ingresos indebidos.
La denominada Tarifa Plana para autónomos es un beneficio creado para favorecer la creación de nuevos autónomos y que se basa en la reducción del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social como trabajadores autónomos de una forma escalonada durante los 2 primeros años, siendo el beneficio mas notable durante los 12 primeros meses cuyo pago mensual es de 60 euros.
Hasta la fecha, se daba una situación injusta que no permitía a los nuevos Autónomos Societarios, que son aquellos que inician su actividad como socios de una sociedad mercantil, poder disfrutar de este beneficio a diferencia de aquellos que iniciaban su actividad como autónomo sin ser miembro de una sociedad mercantil.
Esto supone un agravio comparativo que penalizaba a aquellos emprendedores que habían decidido iniciar su actividad empresarial como sociedad, sin existir ningún criterio objetivo que justificara que un autónomo societario deba pagar una cuota de 364,22 euros al mes en vez de los 60 euros al mes que pagaría un autónomo sin ser societario durante los 12 primeros meses de actividad.
Tras la publicación de esta Tercera Sentencia del Tribunal Supremo y que al tratarse de varias sentencias que respaldan que la aplicación de la Tarifa Plana para nuevos autónomos se debe aplicar todos por igual, tiene carácter vinculante y la Tesorería General de la Seguridad Social está obligada a aplicarla.
Por otra parte, se abre la vía, para aquellos autónomos Societarios con derecho a aplicar la tarifa plana a pedir la devolución de ingresos indebidos por las cuotas cobradas de más con una anterioridad máxima de 4 años.
Pese a que la Tesorería General de la Seguridad Social aún no ha establecido el mecanismo correspondiente desde Ennumera, vamos a iniciar el proceso de reclamación de estas cuotas pagadas de mas o ingresos indebidos a los autónomos societarios con una antigüedad menor a 4 años.