Si percibiste tu prestación de maternidad a partir de 2014, puedes solicitar que te devuelvan lo tributado en el IRPF. El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria. Esta sentencia puede propiciar que miles de madres y padres soliciten la devolución de lo tributado por prestación de maternidad.
¿QUIEN PUEDE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN?
Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad, ya que los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años. Pese a que la norma de IRPF habla de prestación de maternidad, no solo las madres podrán realizar dicha reclamación, sino también los padres que disfrutaron del periodo cedido por la madre.
¿QUANTO ME PUEDEN LLEGAR A DEVOLVER?
Depende de casa caso. El importe para devolver puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación percibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Para saber el importe de la prestación por maternidad hay que consultar los datos fiscales de los años 2014.2015,2016 y 2017.
¿QUE HAY QUE HACER PARA SOLICITARLO?
Desde ENNUMERA le asesoramos y realizamos la reclamación por usted, calculando previamente el importe que le correspondería.